21 noviembre, 2024
Av. Lázaro Cárdenas, Oriente 4600, Las Torres, 64930 Monterrey, N.L.
Consulta Médica

Luxación congénita de cadera

La incidencia de la LCC se encuentra entre 1 y 6 de cada mil recién nacidos. Si se detecta en las primeras semanas, puede normalizarse con tratamiento.

El término luxación congénita de cadera (LCC) hace referencia a la pérdida de contacto total de las dos superficies que forman esta articulación (la cabeza del fémur y el acetábulo) en condiciones normales. Afortunadamente es el de menor frecuencia de presentación.

La cadera luxable, o luxación de tipo fetal, está causada por una detención parcial del crecimiento intrauterino en la cadera, constituyendo el 85% de los casos.

Si la alteración se produce antes del tercer mes de vida intrauterina, la cadera aparece ya luxada en el nacimiento.

La incidencia de la LCC se encuentra entre 1 y 6 de cada mil recién nacidos, y de no tratarse correctamente puede causar una discapacidad severa, que limitará las actividades habituales de la persona.

¿Qué consecuencias tiene la luxación de cadera?

Una luxación traumática de cadera puede tener complicaciones severas, entre las que se incluyen la osteonecrosis, la artrosis postraumática, lesiones del nervio ciático y musculoesqueléticas.

  1. La exploración física ayuda pero no detecta la luxación.
  2. Los programas de cribado selectivo no disminuyen el número de caderas luxadas en niños mayores de un año.
  3. Cuando se detecta en las primeras semanas de vida, puede normalizarse con un tratamiento ortésico, sin cirugía ni secuelas.
  4. En los países que realizan un cribado universal de la displasia de cadera (Alemania, Austria o Suiza) se ha conseguido reducir a cero el número de caderas luxadas, además de disminuir en 1/3 el coste atribuible a la LCC.

Contactos: Dr. Juan Mendoza y Dr. Carmelo Castruita

Teléfonos: 811-3659-220 y 21 / Centro Médico Obispado, consultorio 204

X