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Avala SCJN protección a Sierra de Picachos

Ahora requiere un plan de manejo que permita la conservación de los ecosistemas; la Secretaría de Medio Ambiente deberá trabajar con los municipios

Por: Mario Alberto Palacios

Al confirmar la Suprema Corte de Justicia de la Nacional el decreto de área protegida de la Sierra de Picachos, ahora debe seguir la publicación del plan de manejo que permita la conservación de los ecosistemas, garantice el patrimonio y genere nuevas inversiones productivas.

Así lo considera Alfonso Barragán, presidente de Asociación de la Sierra de Picachos, quien a la par de diversas organizaciones ambientalistas consideraron positiva la defensa jurídica hecha por el gobierno de Samuel García, en contra de la controversia constitucional promovida por el municipio panista de Los Higueras.

El ambientalista mencionó que ahora la Secretaría del Medio Ambiente deberá de trabajar en conjunto con las autoridades municipales y la sociedad en general, en la elaboración de un plan de manejo, en el cual se definen funciones y responsabilidades, así como las reglas a las que deberán sujetarse los habitantes de la región, comerciantes, empresarios, industriales, visitantes y turistas.

Humberto Maldonado, presidente del Consejo Ciudadano de Parque Vida Silvestre, la activista social Tatiana Clouthier, José Múzquiz, de Piensa Verde NL y Barragán, coincidieron en que al ampliarse de 75 mil a casi 175 mil hectáreas el área protegida, blindar las zonas verdes frente a industrias o empresas contaminantes, se otorga a los residentes la oportunidad de diversificar sus actividades económica.

Ramos puntualizó que, de manera perversa, grupos del PAN utilizaron al alcalde Los Higueras para tratar de impedir un plan de protección de la Sierra de Picachos, donde opera una pedrera que perjudica al medio ambiente.

Por su parte, Alfonso Barragán enfatizó que los habitantes de los municipios comprendidos en la ampliación tienen garantizado su patrimonio, y de acuerdo al decreto, podrán realizar actividades económicas acordes con el medio ambiente, además de la conservación de los usos y costumbres en ganadería y agricultura.

El decreto declara como Área Natural Protegida, en categoría de reserva natural estatal, una superficie total de 99 mil 432.49 hectáreas de nombre “Ecosistemas de la Sierra Picachos”, ubicada en los municipios de Agualeguas, Cerralvo, Doctor González, Higueras, Marín, General Zuazua, Sabinas Hidalgo y Salinas Victoria.

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJN) de la Nación resolvió una controversia constitucional promovida por el municipio de Higueras, Nuevo León, en contra del decreto mencionado, tras estimar que con éste el gobierno estatal invadió su esfera competencial y autonomía, así como su facultad para participar en la creación y administración de la reserva natural.

El miércoles 1 de marzo, la Primera Sala de la SCJN advirtió que el decreto fue expedido por el Gobernador Constitucional del Estado de Nuevo León, en ejercicio de su facultad normativa para la creación de Áreas Naturales Protegidas.

Por lo tanto, la Sala concluyó que el decreto controvertido no invadió la esfera competencial del municipio actor en materia de zonificación, desarrollo urbano, utilización del suelo y protección ambiental.

Los magistrados sostuvieron que las reglas previstas para la integración y funciones del Consejo Técnico Asesor, referido en el decreto impugnado, no vulnera la esfera competencial y autonomía del municipio actor, pues con éstas no se está delegando una competencia o nombramiento propio de los Ayuntamientos, sino únicamente se habilita la posibilidad de que los alcaldes o sus cabildos, puedan designar a representantes del municipio en ese consejo.

Además, en función de las facultades que tiene asignadas en el decreto, el consejo es un órgano consultivo y no propiamente una autoridad.

Finalmente, el Alto Tribunal advirtió que el municipio de Higueras sí tuvo la oportunidad de comparecer ante la autoridad estatal —Secretaría de Desarrollo Sustentable de Nuevo León— de forma previa a que se publicara el Decreto.

La controversia constitucional 194/2021, cuya sentencia fue elaborada por el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, fue resuelta por unanimidad de cinco votos.

A destacar

Se enfatizó que los habitantes de los municipios comprendidos en la ampliación tienen garantizado su patrimonio y podrán realizar actividades económicas acordes con el medio ambiente, además de ganadería y agricultura.

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