
Obras públicas y privadas generan emisiones invisibles que afectan la salud. El Estado no las mide, pero la población ya las respira todos los días
Por Paulo Cuéllar
En el Área Metropolitana de Monterrey (AMM), el aire está saturado de partículas que no se ven, pero se respiran. Polvo suspendido, ruido constante y emisiones de diésel forman parte de una carga contaminante que afecta a quienes viven, trabajan o transitan por esta zona clave del noreste del país.
A diferencia de una chimenea industrial, el AMM opera como una fuente de área: una superficie extensa donde múltiples actividades, transporte de carga, obras públicas, patios logísticos, tránsito vehicular, generan emisiones de forma difusa. Esta condición complica su monitoreo, pero no su impacto. Las partículas que se levantan del suelo, el hollín del diésel y el ruido de motores no se quedan en los puntos de origen: se dispersan hacia zonas habitacionales, comerciales y escolares cercanas.
El Estado ha emprendido campañas severas contra empresas acusándolas de contaminar el entorno. Sin embargo, sus propias obras de infraestructura, que se ejecutan simultáneamente en distintos puntos de la ciudad, también generan emisiones significativas, sin que exista una regulación ambiental equivalente. Las múltiples obras a cielo abierto, el Metro, el tren junto al río Santa Catarina y las ampliaciones viales, generan partículas y gases que los promedios del índice oficial no siempre reflejan a nivel de calle.
Estudios recientes han documentado niveles preocupantes de contaminantes como el PM10, el PM2.5 y el carbono negro, todos asociados a riesgos respiratorios y cardiovasculares. A esto se suma el ruido ambiental, que supera los límites recomendados por la Organización Mundial de la Salud y afecta la calidad de vida de las comunidades vecinas.
El AMM es un nodo logístico y económico de primer orden, pero su operación actual plantea un dilema urgente: ¿cómo exigir responsabilidad ambiental si el propio Estado no se regula? La respuesta no está en frenar la actividad, sino en aplicar criterios coherentes, monitorear todas las fuentes, públicas y privadas, y garantizar que el aire que se respira no sea el costo oculto del progreso.
Las fuentes de área en el AMM requieren atención inmediata. No basta con reconocer su existencia: se necesitan medidas concretas para mitigar emisiones, regular actividades logísticas y garantizar que las obras públicas cumplan con estándares ambientales reales. La urgencia no es técnica, es social: la exposición cotidiana a polvo, ruido y diésel ya está afectando la salud de miles.
CUMPLIMIENTO DE NORMA AMBIENTAL ESTATAL SDS-002-2019 EN OBRAS DEL AMM
| Obligación normativa | Evidencia requerida | Realidad observada | Comentario técnico |
| Humedectar frentes y caminos | Pipas en operación; bitácora | Ocasional; frentes secos | Solo cuando hay supervisión o quejas |
| Barreras y mallas perimetrales | Mallas ≥80 cm; acopios cubiertos | Incompletas o ausentes | Se instalan, pero rara vez se mantienen |
| Velocidad interna ≤ 20 km/h | Señalización; topes; bandereros | No hay control real | Camiones circulan rápido |
| Lavado de llantas y góndolas cubiertas | Área de lavado; camiones con lona | Prácticamente inexistente | Fuente de polvo en vía pública |
| Barrido/aspirado de accesos | Barrido mecanizado; fotos diarias | Muy poco frecuente | Solo en megaproyectos visibles |
| Paros por mala calidad del aire | Evidencia en bitácora | No se implementa | Se ignora el principio precautorio |
| Monitoreo perimetral | Equipos PM10/PM2.5; registros diarios | No se observan equipos | Datos no se publican |
COMPARATIVO GENERAL DE NORMATIVA AMBIENTAL EN OBRAS DE NL
| Norma / Reglamento | Alcance normativo | Lo que exige | Realidad observada | Comentario técnico |
| NAE-SDS-002-2019 | Construcción, urbanización y demolición | Humedectación, mallas, lavado de llantas, monitoreo | Cumplimiento parcial | Solo visible en megaproyectos |
| NAE-SDS-001-2017 | Manejo y transporte de arena, grava, piedra | Encapsulado, humedectación, camiones con lona | Polvo visible, camiones descubiertos | Supervisión mínima |
| NAE-EM-SDS-003-2019 | Producción de mortero, concreto y block | Filtros en silos, humedectación de patios | Carga a cielo abierto | Controles no siempre operativos |
| NAE-EM-SDS-004-2020 | Producción de concreto asfáltico | Filtros, control de temperatura, domos | Olores y góndolas descubiertas | Cumplimiento desigual |
| Reglamento Ley Ambiental NL (2025) | Aplicación transversal | Licencias, mediciones, seguimiento | Escaso seguimiento | Marco actualizado sin inspección fuerte |
| Ley Ambiental de NL | Marco general | Cumplir NOM y NAE; prevenir emisiones | No hay acreditación visible | Falta aplicación uniforme |